Daños y perjuicios por acoso en el trabajo

Detalle del caso

Desde el Bufete Yélamos hemos asesorado a un directivo de una empresa de telecomunicaciones en un asunto en materia de acoso laboral y reclamación de cantidad por daños y perjuicios, consiguiendo una condena pionera en España por importe de UN MILLÓN CIENTO NOVENTA Y UN MIL EUROS (1.191.616 €).

Se trata de una sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid, que ha sido confirmada por la Sala de lo Social del TSJ de Madrid.

La sentencia considera acreditado el hostigamiento sufrido por el trabajador, lo que constituye un incumplimiento en materia de prevención de riesgos laborales.

La particularidad y lo elevado de la indemnización obedece al criterio, aceptado por el Juzgado, de la cuantificación del lucro cesante que el trabajador deja de percibir una vez se le reconoce la incapacidad permanente.

Adicionalmente a la indemnización referida, se ha conseguido el denominado recargo de prestaciones por un 50%, de forma que la pensión que el trabajador percibe de la Seguridad Social se ha visto incrementada en dicho porcentaje.

Este recargo en las prestaciones, se impone en aquellos supuestos en los que el accidente de trabajo o la enfermedad profesional tiene su origen en un incumplimiento de la normativa en materia de prevención de riesgos laborales.

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